Consulta de tipo de empresa

Consulta de tipo de empresa

Primero usted deberá escoger qué tipo de empresa inscribirá, de acuerdo con la opción que más se ajuste a su iniciativa empresarial.

Una vez haya identificado su actividad económica, deberá definir el número de personas involucradas, con las siguientes opciones: 

  • Persona natural
  • Persona jurídica
  • Establecimiento de comercio 
 

Persona natural –comerciante- (disponible en la VUE). Es aquella que ejerce esta actividad de manera habitual y profesional a título personal. Responderá con todo su patrimonio por las obligaciones que adquiera en desarrollo de su actividad económica.

Persona jurídica. Es una organización o grupo de personas naturales a la que la ley reconoce personalidad independiente y diferenciada de la de cada uno de sus miembros o componentes, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, y de ser representada judicial y extrajudicialmente.

Una persona jurídica se crea cuando en un contrato de sociedad una, dos o más personas se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social.

La sociedad, una vez constituida legalmente, forma una persona jurídica, distinta de los socios o accionistas individualmente considerados. Existen varios tipos de sociedades de acuerdo con la ley.

El tipo de sociedad a través del cual se puede crear una persona jurídica en la VUE es:
 
Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S)

La Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) es un tipo societario creado por la Ley 1258 de 2008, caracterizado por ser: 

  • Una estructura societaria de capital. 
  • Con autonomía y tipicidad definida.
  • Regulada por normas que permiten amplia autonomía contractual en el diseño del contrato social. 
  • La ley le otorga la posibilidad a los asociados de definir las pautas bajo las cuales han de gobernarse sus relaciones jurídicas. 
 
Se constituye mediante
 
  • Documento privado, o escritura pública cuando se aportan bienes inmuebles. 
  • Con uno o más accionistas, quienes responden hasta por el monto del capital que han suministrado a la sociedad. 

La estructura orgánica de la sociedad, su administración y el funcionamiento de sus órganos, pueden ser determinados libremente por los accionistas, quienes solamente se encuentran obligados a designar un representante legal de la compañía. 

Su razón social será la denominación que definan sus accionistas, seguida de las siglas "Sociedad por Acciones Simplificada"; o de las letras S.A.S. 

Para más información sobre S.A.S, diríjase a la sección de “Preguntas frecuentes”.

Otros tipos societarios.

Otros tipos societarios, que no están disponibles aún en la VUE son:

  1. Sociedad Anónima
  2. Sociedad Limitada
  3. Sociedad Colectiva
  4. Sociedad en Comandita Simple
  5. Sociedad en Comandita por Acciones

Tenga en cuenta que esta etapa se concentrará en la apertura de empresas, correspondientes a:

  • Persona natural –comerciante-
  • Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S.) que cumplan con los siguientes requisitos: 
    • Constituidas por documento privado.
    • Cierto número de accionistas según la ciudad en que se está creando la empresa.
    • Sin aportes en bienes inmuebles.
    • Con matrícula de cierto número de establecimientos de comercio según la ciudad en que se está creando la empresa.

Consulte los datos de número de accionistas y establecimientos que permite la VUE en la ciudad en que está creando su empresa.
 
Estas empresas deberán tener domicilio en la(s) ciudad(es) de:
 
  • Apartadó
  • Armenia
  • Barranquilla
  • Bogotá
  • Buenaventura
  • Buga
  • Cali
  • Cartagena
  • Cartago
  • Duitama
  • Envigado
  • Espinal
  • Florencia
  • Girardot
  • Honda
  • Ibagué
  • La Dorada
  • Manizales
  • Medellín
  • Neiva
  • Palmira
  • Pereira
  • Popayán
  • Puerto Asís
  • Puerto Berrío
  • Quibdó
  • Riohacha
  • Rionegro
  • San Andrés
  • San José del Guaviare
  • Santa Marta 
  • Saravena
  • Sincelejo
  • Sogamoso
  • Tuluá
  • Tunja
  • Valledupar
  • Yopal

Importante: en caso de tener establecimiento de comercio, también debe quedar inscrito en la misma ciudad.

En algunas de las ciudades que hoy operan con la VUE, se permite cargar una minuta elaborada como archivo .pdf, previa presentación del documento en notaría. Consulte las ciudades en que es posible.
 
En todo caso, para ingresar a los servicios virtuales de matrícula de persona natural y constitución de S.A.S., el empresario deberá leer y aceptar los términos y condiciones de uso aplicables al servicio.
 
Para los demás tipos societarios y otras ciudades distintas a las especificadas, diríjase a la página web de la Cámara de Comercio que corresponda para conocer sobre el proceso.

Si usted está interesado en crear empresa, a través del directorio de servicios virtuales de las Cámaras de Comercio podrá conocer la información de contacto de los servicios registrales, sedes y horarios de atención.

Recuerde que mediante los servicios del Registro Único Empresarial y Social (RUES), usted podrá crear empresa desde y hacia cualquier Cámara de Comercio del país, pregunte por esta opción.

Para más información sobre tipos societarios, diríjase a la sección de "Preguntas frecuentes", o a la página web de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia.
 
Gobierno de Colomiba
Banco Mundial
Confecámaras

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