El RIT es el
mecanismo de identificación, ubicación y clasificación de los contribuyentes del impuesto de industria y comercio, que en algunos municipios o distritos tienen como complementarios avisos y tableros (ICA) y sobretasa bomberil.
La inscripción en el RIT debe realizarse en los procesos de constitución de empresas, se tenga o no un local u oficina, cuando se desarrolla cualquiera de las siguientes actividades:
- Industrial
- Comercial
- De servicios
En la VUE la inscripción en el RIT se realiza simultáneamente al proceso de constitución de la empresa (aplica para persona natural, persona jurídica y los establecimientos de comercio asociados en el momento de la creación de la empresa).
La autoridad encargada del recaudo de este impuesto es la Secretaría de Hacienda del municipio o distrito, y en algunos casos, del departamento.