Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.
Parte 6. Procedimiento tributario, procedimiento administrativo de cobro coactivo y régimen sancionatorio. Ver título 1 - Procedimiento tributario, capítulo 2 Registro Único Tributario. Artículos 1.6.1.2.1. a 1.6.1.2.26.
Por la cual se regula el trámite de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) y su actualización de oficio a través de las Cámaras de Comercio.
Por la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), adopta la Clasificación de Actividades Económicas (CIIU) revisión 4 adaptada para Colombia.
Por la cual se regula el trámite de inscripción y actualización del Registro Único Tributario (RUT) a través de las Cámaras de Comercio, se establecen sus características técnicas y se dictan otras disposiciones.
Impuestos administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales (DIAN). Revisar artículo 555-1 del Estatuto Tributario (ET), que establece el Número de Identificación Tributaria (NIT) y artículo 555-2. del ET, que Establece el Registro Único Tributario (RUT) como mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar las personas y entidades de obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.