Cuando la Cámara de Comercio manifieste que no es posible realizar la inscripción de la empresa por alguna de las causales determinadas por las normas vigentes, usted puede solicitar la devolución de los valores pagados por concepto de impuesto de registro.
Igualmente, corresponderá la devolución cuando se presente desistimiento del trámite, pagos en exceso o pagos que no aplican.
El procedimiento para solicitar la devolución en la Cámara de Comercio es el siguiente:
1. Enviar al correo
auxconta@ccpalmira.org.co carta de solicitud firmada por el representante legal, dentro de los siguientes términos:
- En caso que el documento no se registre por alguna de las causales determinadas por las normas vigentes, el empresario podrá hacer la solicitud de devolución del dinero en cualquier momento siguiente al rechazo del registro.
- Una vez notificado el desistimiento, el empresario podrá solicitar la devolución del dinero en cualquier momento.
- En los pagos en exceso y pago de lo no debido (cuando se pagó algo que la ley no exige o cuando no hay un sustento legal para dicho pago), una vez realizado el registro del documento, el empresario podrá solicitar la devolución del dinero en cualquier momento.
2. Anexar los siguientes documentos:
- Recibo original de pago oficial de impuesto de registro emitido por la VUE.
- Constancia de no inscripción expedida por la Cámara de Comercio de Palmira a través de la VUE.
- Certificación de la entidad bancaria, cuando la devolución se realice a una cuenta de ahorros o corriente.
- Cuando se autoriza el pago a un tercero, autorización por escrito firmada por el representante legal.
3. A partir de la fecha de recibido a satisfacción, la Cámara cuenta con un tiempo máximo de cinco (5) días hábiles para la devolución de su dinero.
Importante: con la constancia de no inscripción que entrega la Cámara de Comercio de Palmira a través de la VUE, también se envía el recibo de pago del impuesto de registro al usuario, por lo cual usted no tiene que solicitarlo en un trámite adicional.