Registro e inicio de sesión
- Ingrese a la plataforma de liquidación y pago parafiscal.
- Seleccione la opción Regístrese y diligencie los datos solicitados. El correo electrónico debe corresponder al del propietario o representante legal.
Tenga en cuenta que se le solicitará el Registro Único Tributario en formato PDF sin contraseña.
Para facilitar la carga del archivo, siga las instrucciones de
este documento y continúe su proceso.
Recuerde mantener sus datos actualizados.
Registro de establecimientos
- Una vez registrado, vuelva a ingresar a la plataforma de liquidación y pago parafiscal y acceda con su usuario y contraseña.
- Ingrese al módulo Establecimientos y en la opción Nuevo registre la información relacionada con cada uno de sus establecimientos o actividades.
Tenga en cuenta los siguientes campos:
RNT: En caso de ser un prestador de servicios turísticos, digite el número del Registro Nacional de Turismo de su establecimiento, en esta casilla.
Fecha de la Matrícula Mercantil: Diligencie la fecha en que su establecimiento o actividad se inscribió en el Registro Mercantil. En caso de no estar obligado a inscribirse en el Registro Mercantil, diligencie la fecha de inicio de actividades o de inscripción en el RNT (lo que haya sucedido primero).
Dirección: Ingrese la dirección física en que se encuentra ubicado su establecimiento.
País: Seleccione el país en que se encuentra ubicado su establecimiento.
Departamento: Seleccione el departamento o estado en que se encuentra ubicado su establecimiento.
Ciudad: Seleccione la ciudad en que se encuentra ubicado su establecimiento.
Estado: Mantenga la selección en el estado
Activo. Deberá seleccionarse
Inactivo solo cuando su establecimiento o actividad ya no se encuentre operando.
Liquidación y firma
- Ingrese al módulo de Liquidaciones. Allí, seleccione Nueva liquidación.
Tenga en cuenta que las obligaciones de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal se causan de manera trimestral, por lo tanto, debe seleccionar cada trimestre de manera independiente.
- Diligencie la información de la base gravable correspondiente al trimestre que está liquidando. En caso de que tenga dudas sobre cómo determinar la base gravable o la tarifa, en este enlace podrá consultar más información.
Si durante el trimestre no obtuvo ingresos operacionales gravados por su establecimiento o actividad, digite el valor 0 (cero).
Al dar clic en
Calcular, la plataforma arrojará el valor correspondiente de la liquidación por concepto de contribución.
Si en el trimestre seleccionado se encuentra en la obligación de liquidar alguna de las sanciones señaladas en el Estatuto Tributario Nacional, seleccione la opción correspondiente en el menú desplegable. Para más información sobre sanciones, dé clic en el botón
Ayuda ubicado junto al desplegable.
En la liquidación privada no verá incluidos valores por concepto de intereses moratorios. Si hay lugar a ellos, se verán reflejados en el recibo de pago.
- Revise la información reportada y verifique que el correo señalado corresponda al correo electrónico del propietario o representante legal.
A su correo electrónico registrado se enviará una clave dinámica de seis dígitos. Una vez ingrese su clave dinámica pulse en
Firmar.
Esta liquidación no deberá ser presentada en ninguna entidad bancaria ni remitirla a ninguno de los canales de contacto de Fontur, Queda firmada digitalmente.
Si como resultado del proceso el valor total de la liquidación es cero, no requiere continuar con el paso n.° 8 ni llevar ningún soporte ante las entidades bancarias, pues con la firma electrónica se entiende cumplido el deber de presentación.
Pago
- Seleccione la fecha en la cual va a realizar el pago. Si el pago lo va a realizar posteriormente, puede dar clic en el botón Finalizar.
Continúe con el proceso de pago, el cual podrá efectuar mediante PSE o a través del Banco Agrario o Banco de Bogotá.
Si selecciona la opción de
Pago en banco, imprima el recibo con código de barras. Este recibo no debe ser firmado, ya que corresponde a un documento independiente de la liquidación.
Una vez haya cumplido con el pago, no requerirá remitir los comprobantes a Fontur.
Consulte el video con las instrucciones: